jueves, 3 de diciembre de 2009

Bajan la mayoría de edad a los 18 años

El Senado convirtió ayer en ley un proyecto que modifica el Código Civil para disponer la mayoría de edad a partir de los 18 años, lo que les permitirá a los jóvenes de esa edad ejercer plenos derechos en materia civil y comercial que hoy les están vedados por la actual legislación, como contraer matrimonio y viajar al exterior sin autorización de sus padres.

Asimismo, los jóvenes podrán, como cualquier adulto, comprar y alquilar propiedades, posibilidad que la actual ley tampoco contempla. También podrán firmar contratos, abrir cuentas bancarias, encarar emprendimientos comerciales, disponer de una herencia y tramitar documentos.

El proyecto, que se aprobó con 42 votos positivos y sólo tuvo uno negativo (el de la senadora Nancy Parrilli, del Frente para la Victoria), establece que si bien la mayoría de edad comienza a partir de los 18 años, los padres o tutores deberán continuar con la manutención y cobertura social de sus hijos hasta que éstos cumplan 21 años.

"De este modo, se contempla la situación de un importante número de jóvenes mayores de 18 años que aún viven con sus padres, porque se encuentran afectados por el flagelo del desempleo o porque continúan estudiando y no trabajan. Con esta norma, seguirán contando con tales beneficios", sostuvo el autor de la iniciativa, el senador Rubén Giustiniani (Partido Socialista), quien celebró ayer la aprobación de la ley.

Una deuda pendiente

"La reducción de la mayoría de edad de los 21 a los 18 años era una deuda del Parlamento con los jóvenes argentinos. El contexto actual permite que los jóvenes se incorporen más tempranamente a la vida activa, realidad que confronta con una legislación anacrónica que impide a los menores de 21 años ejercer plenos derechos en materia civil y comercial", sostuvo Giustiniani.

La iniciativa se aprobó sin debate, pues el Senado sólo tenía que definir si aceptaba o no una serie de modificaciones formales que le había incorporado, la semana pasada, la Cámara baja. Finalmente optó por no tomarlas en cuenta, por lo que ayer se aprobó la sanción original.


La diputada Vilma Ibarra (Encuentro Popular y Social), presidenta de la Comisión de Legislación General de la Cámara baja, celebró la sanción de la norma aunque lamentó que no se tuvieran en cuenta las modificaciones incorporadas. "Es un avance muy importante, pues permite ordenar la legislación y adecuarla a la de los países del Mercosur que prevén la mayoría de edad a los 18 años", afirmó la legisladora.

En efecto, según apuntó Giustiniani, la baja en la mayoría de edad se corresponde con la opinión de la doctrina más moderna, los tratados internacionales y la legislación de países como España, Alemania, Canadá, Francia, Italia, Perú, varios estados de Estados Unidos y países que integran el Mercosur. Además, señaló, este tema se había transformado, desde la reforma de la Constitución nacional de 1994, en un incumplimiento constitucional que debía ser subsanado, ya que, según la Convención de los Derechos del Niño aprobada por nuestro país, el límite temporal para considerar a una persona como un niño son los 18 años.

Con la sanción de esta ley, los jóvenes a partir de los 18 años tendrán los mismos derechos que cualquier adulto actual mayor de 21 años, agregó la diputada Ibarra.

"La actual legislación le permite a una persona de 18 años conducir vehículos, cuidar las vidas de los transeúntes. Puede trabajar sin autorización de sus padres. Puede votar. Puede hacer testamento, puede donar órganos. Debe armarse en defensa de la patria y de la Constitución nacional. Puede reconocer hijos extramatrimoniales. Son penalmente responsables. Pero la ley actual no les permite ejercer la patria potestad. No pueden viajar al exterior. No pueden ser titulares de cuentas bancarias", subrayó la diputada.

El proyecto de ley también había sido ampliamente avalado en la Cámara de Diputados la semana pasada, con 129 votos positivos frente a sólo seis negativos.

Pensiones

Por otra parte, el Senado aprobó y envió a Diputados un proyecto por el cual se otorga el derecho a pensión, en caso de muerte del jubilado, del beneficiario de retiro por invalidez o del afiliado en actividad, a su conviviente del mismo sexo. En esos casos, se requerirá una convivencia pública durante por lo menos cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento.

El plazo de convivencia se reducirá a dos años cuando exista descendencia reconocida por ambos convivientes.

Qué cambia

  • Código Civil . El Congreso aprobó un proyecto para reformar varios artículos del código y establecer en los 18 años la mayoría de edad, que hasta ahora se alcanzaba legalmente a los 21 años.

  • Sin permiso . Los jóvenes de entre 18 y 20 años podrán ahora contraer matrimonio sin la autorización de sus padres o tutores, así como viajar al exterior solos.

  • Trámites . Los mayores de 18 años, a partir de la reforma, podrán adquirir inmuebles, tramitar documentos, firmar contratos, adquirir propiedades, encarar emprendimientos comerciales y abrir cuentas bancarias.
Fuente: www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1207110